La Unidad de Valor Tributario (UVT) es una unidad de medida equiparable a moneda que se emplea para calcular diversas responsabilidades fiscales, como los montos mínimos de retención en la fuente o las multas. Conforme al artículo 868 del Estatuto Tributario (ET), este valor debe ser actualizado anualmente de acuerdo con la fluctuación del índice de precios al consumidor para los ingresos promedio.
El artículo 868 del Estatuto Tributario (ET) establece que la Unidad de Valor Tributario (UVT) es una medida diseñada para simplificar y unificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. En el ámbito tributario, los contribuyentes deben cumplir con requisitos tanto formales como sustantivos, y el incumplimiento de cualquiera de estos conlleva sanciones que son aplicables y atribuibles por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
La UVT se utiliza como punto de referencia para ajustar los valores en las disposiciones relacionadas con impuestos y obligaciones administradas por la DIAN. Algunos ejemplos de estos usos incluyen la determinación de las cuantías mínimas de retención en la fuente, las sanciones, los límites de ingresos para eximir del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) y otros fines similares.
Esta unidad de valor tributario fue creada mediante la Ley 1111 de 2016 y debe ser recalculada anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor para ingresos medios, que es certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). El período para este cálculo abarca desde el 1 de octubre del año fiscal anterior hasta la misma fecha del año fiscal actual.
No obstante, es importante destacar que el DANE ha reemplazado la categoría "Ingresos medios" por el término "Clase media" debido a una nueva metodología del IPC que se basa en una clasificación por niveles de ingresos de acuerdo con los tamaños del mercado local. Según lo explicado por el DANE, la categoría "Ingresos medios" es equivalente a "Ingresos clase media".
Cada año, antes del 1 de enero, el director de la Dian debe emitir una resolución que establece el valor de la UVT aplicable para el siguiente período fiscal.
En el video que sigue, se explicará en detalle el procedimiento y las variables que influyen en la determinación del valor de la UVT para cada año.
Cuando se dispone de una cifra expresada en UVT y se desea convertirla a pesos colombianos, el proceso es sencillo: basta con multiplicar dicha cifra por el valor que el director de la Dian haya reglamentado para ese año.
No obstante, cuando se transformen las cifras y los valores expresados en UVT en cifras absolutas en pesos, se deben redondear de la siguiente manera para obtener números enteros que sean fáciles de trabajar:
1. Se eliminarán las fracciones en pesos, redondeando al número entero más cercano si el resultado es de $100 o menos.
2. Se redondeará al múltiplo de 100 más cercano si el resultado se encuentra entre $100 y $10,000.
3. Se redondeará al múltiplo de 1,000 más cercano si el resultado es superior a $10,000.
Desde su creación, la UVT ha tenido los siguientes valores oficiales:
- Año 2023: $42,412 (Según Resolución Dian 001264 de noviembre 18 de 2022)
- Año 2022: $38,004 (Según Resolución Dian 000140 de noviembre 25 de 2021)
- Año 2021: $36,308 (Según Resolución Dian 000111 de diciembre 11 de 2020)
- Año 2020: $35,607 (Según Resolución Dian 000084 de noviembre 28 de 2019)
- Año 2019: $34,270 (Según Resolución Dian 000056 de noviembre 22 de 2018)
- Año 2018: $33,156 (Según Resolución Dian 00063 de noviembre 14 de 2017)
- Año 2017: $31,859 (Según Resolución Dian 00071 de noviembre 29 de 2016)
- Año 2016: $29,753 (Según Resolución Dian 000115 de noviembre 6 de 2015)
- Año 2015: $28,279 (Según Resolución Dian 000245 de diciembre 3 de 2014)
- Año 2014: $27,485 (Según Resolución Dian 000227 de octubre 31 de 2013)
- Año 2013: $26,841 (Según Resolución Dian 000138 de noviembre 17 de 2012)
- Año 2012: $26,049 (Según Resolución Dian 011963 de noviembre 17 de 2011)
- Año 2011: $25,132 (Según Resolución Dian 012066 de noviembre 19 de 2010)
- Año 2010: $24,555 (Según Resolución Dian 012115 de noviembre 10 de 2009)
- Año 2009: $23,763 (Según Resolución Dian 01063 de diciembre 3 de 2008)
- Año 2008: $22,054 (Según Resolución Dian 15013 de diciembre de 2007)
- Año 2007: $20,974 (Según Resolución 15652 de diciembre 27 de 2006)
- Año 2006: $20,000 (Ley 1111 de diciembre de 2006)
El artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, que forma parte del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, estableció que desde el 1 de enero de 2020, todas las multas, tasas, tarifas, sanciones, estampillas y otras cifras que previamente se expresaban en términos de salarios mínimos mensuales vigentes (smmlv), como las multas de tránsito, las sanciones del Código Penal y las tarifas para renovar la matrícula mercantil, debían ser reexpresadas en términos de UVT. El artículo en cuestión señala lo siguiente:
"Artículo 49. Cálculo de valores en UVT. A partir del 1° de enero de 2020, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mínimo mensual legal vigente (smmlv), deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores también se harán con base en el valor de la UVT vigente.
Parágrafo. Los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, que se encuentren ejecutoriados con anterioridad al 1° de enero de 2020 se mantendrán determinados en smmlv".
La Unidad de Valor Tributario (UVT) es una medida fundamental en el sistema fiscal colombiano, utilizada para unificar y simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. A lo largo de los años, ha reemplazado la denominación en salarios mínimos mensuales vigentes (smmlv) en multas y tarifas, permitiendo una mayor claridad y flexibilidad en el manejo de cifras en el ámbito tributario. Su valor se ajusta anualmente en función de la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, lo que la hace esencial para la administración y cálculo de impuestos y sanciones en Colombia.